Es un tipo de sociedad reciente en el régimen jurídico que viene a sortear la falta de recursos para crecer que enfrentan las pymes en México y a modernizar el régimen corporativo.
Características
- Se crea mediante un acta constitutiva ante un notario corredor público
 - Permite realizar cambios en el consejo de administración
 - Otorga derechos y mecanismos de protección a los socios minoritarios para participar en la administración de la sociedad.
 - Regula el retiro y amortización de acciones, así como el precio y las bases para su determinación.
 - Limita de ser necesario el voto de los accionistas en la toma de decisiones dentro de la empresa.
 - Fija reglas para los socios y sus derechos, que determinan las causas de exclusión de los miembros o sus derechos en caso de querer separarse.
 - Modifica el reparto de utilidades y otros derechos económicos dando la opción de ampliar o limitar dicha división.
 - Modifica los derechos preferentes, limitándolos o negándolos en el caso de la compra o venta de acciones.
 - Fija límites en cuanto a las responsabilidades que se refieren a daños y perjuicios causados por consejeros o directivos.
 - En caso de conflictos, se regula el derecho a veto o voto de uno o más accionistas.
 
Ventajas
- Facilitar la incorporación y desvinculación de socios de la empresa
 - Tiene la flexibilidad para convertirse en una Sociedad Anónima Promotora de Inversión Bursátil.
 - Ofrece seguridad a los accionistas, porque pueden pactar los plazos de su inversión y la rentabilidad que obtendrá.
 - Los accionistas tienen flexibilidad para crear diferentes series de acciones con distintos derechos de voto y económicos.
 - Establece mejores prácticas de gobierno corporativo y competitividad
 - Permite la participación de otros inversionistas en ciertas unidades de negocio que completan a la principal.
 - Los nuevos accionistas solo participan en los resultados de su unidad sin afectar a la sociedad inicial ni a las demás unidades de negocio.
 - Los accionistas pueden designar o revocar en la asamblea general a un integrante del consejo administrativo, además de nombrar un comisario por cada 10% que tengan en lo individual o en conjunto de las acciones con derecho a voto, incluso limitado o restringido.
 - Los accionistas pueden participar en la asamblea general y en la toma de decisiones a través del voto, según el tipo de acción que tengan y el porcentaje de participación accionaria.
 - Otorga derechos patrimoniales y genera certidumbre a los accionistas nuevos, quienes pueden negociar el plazo de su inversión y el rendimiento mínimo que deberá obtener.
 
Desventajas
- Altos costos administrativos y legales, ya que por un lado se requiere forzosamente de la contratación de un contador para cumplir con las obligaciones tributarias y de asesoría de un abogado.
 - Los ingresos se declaran al momento de la entrega del producto o en que se prestó un servicio, independientemente de la fecha en que sean cobrados efectivamente.
 - Alta carga fiscal, particularmente en el caso de la repartición de dividendos (utilidades).
 
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